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viernes, 6 de enero de 2017

TRABAJADOR REMYPE

He estado en regimen general y decido cambiarme hace un año al regimen remype adicionalmente tengo un colaborador que trabaja con nosotros por mas de tres años y hemos decido prescindir de sus servicios, ¿ Le debemos indemnizar de acuerdo a la legislación laboral de REMYPE o de acuerdo a regimen GENERAL?


De acuerdo al Art. 30 del Decreto Supremo N° 008-2008-TR, señala que el régimen laboral de la microempresa no es aplicable a los trabajadores que tenian vinculo laboral con la empresa antes de su acogimiento y que se encontraban bajo el régimen laboral general.
En el caso de consulta, a los trabajadores que se encuentran en planil,a antes del acogimiento de la empresa al régimen laboral de microempresa, para los casos de beneficios sociales e indemnización por despido arbitrario le son aplicables las normas del régimen laboral general.


martes, 19 de abril de 2016

FISCALIZACION PARCIAL SUNAT.

Fiscalización Parcial de la Sunat.
¿Qué es una fiscalización parcial de la Sunat?
La fiscalización parcial es cuando se realiza solo una parte o algunos elementos de fiscalización.
El fisco comunica al deudor tributario el inicio de la fiscalización parcial y los elementos que serán revisados,  pudiendo solicitar lo siguiente:
a)      Registros de compras de determinados meses.
b)      Registros de ventas de determinados meses.
c)       Cinco facturas más elevadas de montos.
d)      O cualquier otro criterio que tome en cuenta la SUNAT.
El plazo de fiscalización es de 6 meses con la posibilidad de prorrogar el mismo periodo.
En la fiscalización parcial el auditor estará enfocado en lo solicitado sin embargo lo cual no quita que puede ampliar sus análisis solicitando mayor información al análisis inicial.

La fiscalización parcial no interrumpe el periodo de prescripción